Revista Derecho y proceso

El voto particular en el dictado de sentencias

Pedro Tuset del Pino. Magistrado.

Como es conocido, Jueces y Tribunales dictan, en el ámbito de sus respectivas competencias jurisdiccionales, diferentes resoluciones y, entre ellas, por lo que ahora interesa, Autos, cuando decidan recursos contra providencias, cuestiones incidentales, presupuestos procesales, nulidad del procedimiento o cuando, a tenor de las leyes de enjuiciamiento, deban revestir esta forma, y Sentencias, cuando decidan definitivamente el pleito o causa en cualquier instancia o recurso, o cuando, según las leyes procesales, deban revestir esta forma, pudiendo dictarse de viva voz cuando lo autorice la ley.

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