L. Alfredo de Diego Díez. Magistrado y doctor en Derecho Profesor de Derecho Procesal en la Universidad Pablo de Olavide (Sevilla).
La recusación es un instrumento idóneo para apartar del proceso al iudex suspectus, esto es, al juez sobre quien recae una razonable sombra de duda sobre su imparcialidad. Sin embargo, con más frecuencia de la deseada, algunos abogados poco escrupulosos utilizan de mala fe y de forma abusiva este instrumento, con la única finalidad de apartar del proceso al juez riguroso, al que ha dictado resoluciones fundadas y certeras pero que no han sido favorables a sus intereses. Se montan, así, recusaciones sin el más mínimo fundamento, directamente basadas en fabulaciones, medias verdades o incluso mentiras, impropias de un profesional del derecho que se define a sí mismo como colaborador de la justicia (art. 55.1 del Estatuto General de la Abogacía Española, Real Decreto 135/2021).